CNAE 5310 - Actividades postales sometidas a la obligación del servicio universal
A08302408
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ANGEL SERVICIO NOCTURNO SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ANGEL SERVICIO NOCTURNO SA o en los que participa indirectamente.
Fusión impropia En las Juntas generales, con carácter universal, de ambas sociedades, celebradas en sus respectivos domicilios sociales, el día 30 de junio de 2000, fue aprobada, por unanimidad, conforme al proyecto de fusión, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, el 14 de noviembre de 2000, con la aprobación, asimismo, de los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 1999, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de "Ángel Servicio Nocturno, Sociedad Anónima", por "Gestión y Asistencia Ángel, Sociedad Anónima", con entera transmisión del patrimonio de la absorbida, a la sociedad absorbente, con disolución, sin liquidación de la absorbida. No procede canje, aumento de capital alguno, ni informe de expertos, al ser la absorbente titular del 100 por 100 del capital de la absorbida. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas habrán de considerarse realizadas, a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente, será el día 1 de enero de 2000. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 29 de noviembre de 2000.-Los Administradores de las sociedades intervinientes.-71.723.
y 3.a 4-1-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
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Fusión impropia En las Juntas generales, con carácter universal, de ambas sociedades, celebradas en sus respectivos domicilios sociales, el día 30 de junio de 2000, fue aprobada, por unanimidad, conforme al proyecto de fusión, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, el 14 de noviembre de 2000, con la aprobación, asimismo, de los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 1999, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de "Ángel Servicio Nocturno, Sociedad Anónima", por "Gestión y Asistencia Ángel, Sociedad Anónima", con entera transmisión del patrimonio de la absorbida, a la sociedad absorbente, con disolución, sin liquidación de la absorbida. No procede canje, aumento de capital alguno, ni informe de expertos, al ser la absorbente titular del 100 por 100 del capital de la absorbida. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas habrán de considerarse realizadas, a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente, será el día 1 de enero de 2000. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 29 de noviembre de 2000.-Los Administradores de las sociedades intervinientes.-71.723.
2.a 3-1-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
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Fusión impropia En las Juntas generales, con carácter universal, de ambas sociedades, celebradas en sus respectivos domicilios sociales, el día 30 de junio de 2000, fue aprobada, por unanimidad, conforme al proyecto de fusión, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, el 14 de noviembre de 2000, con la aprobación, asimismo, de los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 1999, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de "Ángel Servicio Nocturno, Sociedad Anónima", por "Gestión y Asistencia Ángel, Sociedad Anónima", con entera transmisión del patrimonio de la absorbida, a la sociedad absorbente, con disolución, sin liquidación de la absorbida. No procede canje, aumento de capital alguno, ni informe de expertos, al ser la absorbente titular del 100 por 100 del capital de la absorbida. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas habrán de considerarse realizadas, a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente, será el día 1 de enero de 2000. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 29 de noviembre de 2000.-Los Administradores de las sociedades intervinientes.-71.723.
1.a 2-1-2001.
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