Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de abril del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo TFF ACADEMY ACADEMIA DE TECNIFICACIÓN DE FUTBOL FEMENINO.
Expediente: M-4303003
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8453540
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4303003
Fecha de resolución: 28/03/2025
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo.En caso de no contestar al suspenso se procederá a cambia r de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apreciar.El apartado "DE SCRIPCIÓN" es de cumplimentación facultativa o voluntaria. En caso de indicar una descripción esta d ebe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otr os comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas ). Al ser voluntaria, no es necesaria su cumplimentación. Le informamos de que modificaciones no solicitadas en el presente suspenso pueden ocasionar el pago de tasa de modificación y la pérdida d e fecha de prioridad.Apórtese la documentación acreditativa de la reivindicación de la adquisici ón de carácter distintivo por el uso.La lista de productos y servicios contiene productos y/o se rvicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "SERVICIOS DE ENTRENAMIENTO DEPORTIVO Y PARA EL MANTENIMEINTO FÍSICO" puede quedar definido como "Servicios deportivos y mantenimiento físico". Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicament e respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo lis tado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herrami enta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/in icio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en pla zo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no s e hubiese abonado la totalidad de la tasa