Información sobre la marca S, registro solicitado por la empresa STAMP TAX FREE SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4274317.
M-4274317
![]() | Expediente OEPM M-4274317 Tipo Figurativa Fecha solicitud 03/07/2024 Estado En tramitación |
CALLE DE PIAMONTE, 23 CENTRO28004 MADRID (MADRID)(ES) ESPAÑA
- azul: pantone 2767, rgb 10, 27, 67; cmyk 100, 75, 12, 67. #0a1b2f - rosa: pantone 705, rgb 247, 224, 226; cmyk 0, 15, 6, 3. #f7e0e2
Fecha | Tramitación |
---|---|
2024-09-05 | Comunicacion a titulares derechos anteriores (art.18,4lm): H0678579 H-0678579 H0714493 H-0714493 M0784623 S M0872461 S . |
2024-09-12 | Publicacion de solicitud. |
2025-04-09 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 02/04/2025 causas del suspenso de fondo: 340 341 99. |
2025-10-16 | Personacion representante, agente anterior: 0000. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca S
Expediente: M-4274317
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) En relación a la limitación indicada en su escrito del 16/10/2024, se requiere que determinen de forma clara si dicha limitación en los servicios de las clases 35 y 42 afecta a este expediente, toda vez que la referencia a la marca que indican en el citado escrito es a la <a href="/distintivo/m-4274312/oepm/m-4274312/" title="Detalle de la marca M-4274312">M-4274312</a>. En este sentido, si desean limitar los servicios de las clases 35 y 42 del expediente en estudio, deberán presentar escrito de limitación referido al presente expediente <a href="/distintivo/m-4274317/oepm/m-4274317/" title="Detalle de la marca M-4274317">M-4274317</a> a fin de admitir la limitación efectuada. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.a) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse los signos que no puedan constituir marca por no ser conformes al artículo 4.En concreto, el signo solicitado no estárepresentado de manera tal que permita a las autoridades competentes y al público en general determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada al titular, ya que se trata de una marca excesivamente simple compuesta únicamente por la letra "S", considerando el elemento gráfico, color y tamaño de la letra, sin entidad suficiente para otorgar carácter distintivo. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que consiste en una denominación que no permite al consumidor identificar los servicios que se pretenden distinguir con dicho signo con una concreta procedencia empresarial.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8462138
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4274317
Fecha de resolución: 02/04/2025
Clases: 35, 42
La información sobre la marca S que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.