Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de abril del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo PATAKA.
Expediente: M-4257774
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que el signo no permite al público consumidor identificar la marca con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de los productos para los que se solicita. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones que puedenservir en el comercio para designar la naturaleza de los productos solicitados, sin incorporar elementos adicionales que permitan eliminar el carácter descriptivo. En este sentido, cabe indicar que el término PATAKA se pronuncia igual que PATACA, forma en la que se denomina a la PATATA en Galicia. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar excluido de registro en virtud del art. 103.2 del Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que el término solicitado "Pataka" evoca a la Indicación Geográfica Protegida "Pataca de Galicia" que incluye a los productos agrícolasen bruto y sin procesar, a las frutas y verduras, hortalizas y legumbres y a los bulbos plantones ysemillas para plantar, sin que en la lista de productos y servicios solicitados se indique que están amparados por la misma.Podrá subsanar el defecto limitando la lista de productos de forma quequede como sigue: "productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar,estando las patatas amparadas por la denominación de origen patatas de Galicia; granos y semillas en bruto o sin procesar, estando las relativas a las patatas amparadas por la Indicación Geográfica Protegida "Pataca de Galicia" ; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticasfrescas, estando las patatas amparadas por la denominación de origen patatas de Galicia; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar, estando las relativas a las patatas amparadas por la Indicación Geográfica Protegida "Pataca de Galicia"; animales vivos; productos alimenticios, estando las patatas amparadas por la Indicación Geográfica Protegida "Pataca de Galicia" , y bebidas para animales; malta". 04) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. b),c),d),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
Identificado de publicación: 8461905
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4257774
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 02/04/2025
Clases: 31