Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de abril del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Ni Un Atracón Más.
Expediente: M-4273492
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los servicios solicitados, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podránregistrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por consistir en un eslogan que el consumidor medio percibirá como un simple reclamo publicitario en relación a los servicios reivindicados en clase 44, y no como un signo distintivo orientado a identificar un origen empresarial concreto.Se considera, por lo tanto, que el consumidor no percibirá el signo solicitado como un signo orientado a identificar los servicios de una empresa, distinguiéndolos de las demás que operan en el mismo mercado, sino como un mero reclamo publicitario. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8443895
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4273492
Fecha de resolución: 26/03/2025
Clases: 44