Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de abril del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Mari Farm CBD.
Expediente: N-0458439
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7873310
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0458439
Fecha de resolución: 12/04/2024
Clases: 03, 31, 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial se halla incurso, para todos los productos solicitados en las clases 3 y 31y para "SERVICIO DE VENTA AL POR MENOR A TRAVES DE INTERNET DE PRODUCTOS COSMETICOS Y ACEITES ESENCIALES" de la clase 35, en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la composición de los productos reivindicados, toda vez que la denominación incluye los términos "CBD" y se está solicitando para "PRODUCTOS COSMETICOS Y PREPARACIONES DE TOCADOR NO MEDICINALES; PRODUCTOS D E PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES; ACEITES ESENCIALES AROMATICOS, PRODUCTOS COSMETICOS DE USO EXTERNO" en la clase 3, "PLANTAS Y FLORES NATURALES" en la clase 31 y para "SERVICIO DE VENTA AL POR MENOR A TRAVES DE INTERNET DE PRODUCTOS COSMETICOS Y ACEITES ESENCIALES" susceptibles de incorporar CBD, sin que ello se haya indicado expresamente en la lista de productos solicitados.Podrá subsanar esta prohibición limitando la lista de productos y servicios en el sentido de indicar para las clases 3 y 35 que"Todos los productos anteriores contienen CBD". En el caso de la clase 31, debe limitar a "Plantas y flores de cáñamo, de variedades con un contenido significativo de CBD"