Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de abril del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo LADANOL, bajo la titularidad de CAMBIUM TECH SL.
Expediente: M-4254975
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 7884386
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4254975
Fecha de resolución: 18/04/2024
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "Productos de ori gen natural" resulta impreciso al poder consistir en productos de diversa naturaleza y con diferente s usos, que pueden pertenecer a diferentes clases de la Clasificación Internacional. Debe especifica r qué productos concretos de origen natural pretende proteger la marca, clasificándolos conforme a l a Clasificación Internacional.- "Productos contra el dolor" debe quedar definido como "Preparacion es para aliviar el dolor" y pertenece a la clase 5.- "Productos para deportistas y la práctica de l deporte" resulta impreciso al poder consistir en productos de diversa naturaleza que pueden perten ecer a diferentes clases de la Clasificación Internacional. Debe especificar qué productos concretos pretende proteger la marca, clasificándolos conforme a la Clasificación Internacional.- "Activado res musculares" no se corresponde con un producto de las clases 1, 3 o 5, pudiendo en cambio quedar encuadrado en la clase 44 mediante la siguiente redacción: "Servicios de fisioterapia, en concreto, activadores musculares.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar l a herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/c linmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. En caso contrario deberá abonar la cantidad de 97,48 euros (tasa MT17). Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicit ud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a lo s servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento)