Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de abril del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HALAL.
Expediente: N-0458618
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7873324
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0458618
Fecha de resolución: 12/04/2024
Clases: 32, 43
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los productos y servicios de las clases 32 y 43 para los que se solicita, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo, toda vez que la denominación "HALAL" se considera común para el ámbito aplicativo que pretende proteger el nombre comercial. Consecuentemente, se considera que el nombre comercial no cumple con su función diferenciadora, identificando a la empresa solicitante en el tráfico mercantil y distinguiéndola de otras empresas que desarrollan actividades idénticas o similares. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar características concretas de los productos y servicios de las clases 32 y 43 para los que se solicita el presente nombre comercial, toda vez que la denominación "HALAL" indica que los productos y servicios cumplen con los mandatos del Islam. Consecuentemente, se considera que el nombre comercial está formado por términos descriptivos sobre los que no cabe el establecimiento de derechos de utilización exclusiva, debiendo quedar a disposición de todos los competidores del sector. 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir al público aerror sobre características concretas de los productos y servicios de las clases 32 y 43 para los que se solicita el presente nombre comercial, toda vez que la denominación "HALAL" indica que los productos y servicios cumplen con los mandatos del Islam, no estando recogida esta característica en lalista de productos y servicios. Del mismo modo, se considera que el signo puede inducir a error al público al presentar una falsa apariencia de marca de garantía, de modo que el público puede entender que los productos y servicios cumplen unas especiales características. Se considera que estas discordancias entre lo que indica el signo y las características concretas de los productos y servicios que pretende proteger el nombre comercial tiene capacidad para influir engañosamente en la demanda ydecisión de consumo del público