Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de abril del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo GUARDIA CIVIL PRIME.
Expediente: N-0471890
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8466812
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0471890
Fecha de resolución: 03/04/2025
Clases: 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) En relación con la notificación de acuerdo de suspenso de fondo emitida anteriormente, se le informa de que la misma ha sido anulada por ser errónea y es sustituida por esta nueva notificación, que es la correcta.El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre su titularidad o la existencia de un posible respaldo público.En concreto, el signo solicitado incluye el término "GUARDIA CIVIL", lo que puede inducir al público a error sobre la titularidad del signo y/o la existencia de algún tipo derespaldo oficial sobre el signo solicitado, ya que, habiendo sido solicitada por un particular que no acredita disponer de autorización, utiliza, además, la misma tipografía que el logotipo de la Guardia Civil, lo que contribuye a reforzar el vínculo en la mente del consumidor. A mayor abundamiento, el elemento gráfico son tres estrellas amarillas, utilizadas en determinados uniformes de la Guardia Civil