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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de abril del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo GRUPO USIETO, bajo la titularidad de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES USIETO SA.


Solicitud de marca suspendida

GRUPO USIETO

Expediente:  M-4300817

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8441049

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4300817

Fecha de resolución:  25/03/2025

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:-"Gestión y consultoría empresarial, en transporte y suministro" es impreciso. Podría qu edar definido como "Gestión y consultaría empresarial para empresas de transporte y suministro. -E n "Servicios de importación, exportación, promoción y venta al por menor y al detalle en comercios o a través de redes mundiales de informática de alimentos" debe separar los distintos servicios: "Ser vicios de importación y exportación; servicios de promoción; venta al por menor y al detalle en come rcios o a través de redes mundiales de informática de alimentos".-En "Colocación de anuncios, pres entaciones promocionales y venta en sitios electrónicos a los que se accede a través de redes de ali mentos" debe separar los servicios y en la venta indicar si es al por menor o al por mayor: "Colocac ión de anuncios; Presentaciones promocionales; venta al por menor y al por mayor a través de redes i nformáticas mundiales de alimentos". Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tend rá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los término s aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud res pecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 01/04/2025 Tomo: 1 Anuncio:8441049 

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