Información sobre la marca FLOR TANATORIO, registro solicitado por la empresa GRUPO VENECIA FLORISTAS SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4106269.
M-4106269
![]() | Expediente OEPM M-4106269 Tipo Figurativa Fecha solicitud 08/02/2021 Estado En tramitación |
MAYOR, 1019100 PASTRANA (GUADALAJARA)(ES) ESPAÑA
Color pantone:7479c
El distintivo consiste en dos palabras: flor tanatorio. La palabra flor se situa primero en la zona superior izquierda seguida de una linea horizontal que comienza en la base inferior de la letra o. La palabra "tanatorio" se situa en una zona inferior respecto de la plabra flor, comenzando con la letra t debajo de la linea horizontal antes comentada. Igualmente existe una linea horizontal que comienza debajo de la letra r hasta llegar al marco donde finaliza el distintivo.
Fecha | Tramitación |
---|---|
2021-03-02 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 23/02/2021. |
2021-03-02 | Contestacion al suspenso publicado el: 02/03/2021. |
2021-03-04 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2021-03-11 | Publicacion de solicitud. |
2021-04-21 | Oposicion basada en motivos siguientes: art.5.1 b,c;. |
2021-10-05 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 28/09/2021 causas del suspenso de fondo: 341 342. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca FLOR TANATORIO
Expediente: M-4106269
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: GRUPO VENECIA FLORISTAS SL
Identificado de publicación: 6543057
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4106269
Fecha resolución concesión: 14/12/2021
Fecha publicación de la solicitud: 11/03/2021
Clases Concedidas: 44
Expediente: M-4106269
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6386433
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4106269
Fecha de resolución: 28/09/2021
Clases: 44
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo por consistir en una denominación descriptiva de las actividades reivindicadas, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar el tipo, especie, la función o destino de los servicios para los que se solicita, sin incorporar otros elementos diferenciadores de suficiente entidad que permitan eliminar el carácter descriptivo del que adolece el signo propuesto
Motivos: 03) POR OPOSICION BASADA EN:- Articulo 5.1. b),c) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
La información sobre la marca FLOR TANATORIO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.