Información sobre el nombre comercial Ecoclean by Nalanda, registro solicitado por la empresa NALANDA DIGITAL SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0465443.
N-0465443
Expediente OEPM N-0465443 Tipo Denominativa Fecha solicitud 26/01/2024 Estado En tramitación |
CALLE JOSÉ RIZAL 67 BAJO C28043 MADRID (MADRID)(ES) ESPAÑA
Fecha | Tramitación |
---|---|
2024-03-22 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2024-04-02 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial Ecoclean by Nalanda
Expediente: N-0465443
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: NALANDA DIGITAL SL
Identificado de publicación: 8253411
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0465443
Fecha resolución concesión: 12/12/2024
Fecha publicación de la solicitud: 02/04/2024
Clases con limitación: 03-PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR Y RASPAR
Expediente: N-0465443
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: NALANDA DIGITAL SL
Identificado de publicación: 8157506
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0465443
Fecha de resolución: 21/10/2024
Clases: 03
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los "aceites esenciales" solicitados, en la prohibición del art. 5.1.f) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse comonombre comercial los signos que sean contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres.En concreto, el signo solicitado puede ser contrario al art. 30 del Reglamento (UE) 2018/848 delParlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado delos productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" o "bio", para identificar la producción ecológica. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando que "todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 demayo de 2018" o eliminando tales productos de la lista. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los "aceites esenciales" solicitados, en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse comonombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de los productos solicitados, toda vez que la denominación incluye la abreviatura "ECO", mientras que el signo se está solicitando para "ACEITES ESENCIALES" en general, sin especificar que estos han sido obtenidos por métodos de producción ecológica. La forma de subsanar esta prohibición es la misma indicada para la prohibición del art. 5.1.f), señalada en el apartado anterior.El signo solicitado se halla incurso, para los "productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería" enla prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características y la composición de losproductos solicitados, toda vez que la denominación incluye la abreviatura "ECO", mientras que el signo se está solicitando para "productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería" en general, sin especificar que estos han sido producidos con materiales que proceden de la agricultura ecológica. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando que "todos los productos anteriores han sido elaborados con ingredientes procedentes de la agricultura ecológica" o eliminando talesproductos de la lista.Clase 3: "Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales;dentífricos no medicinales; productos de perfumería. Todos los anteriores han sido elaborados con ingredientes procedentes de la agricultura ecológica; Aceites esenciales obtenidos por métodos de producción ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir y raspar."
Expediente: N-0465443
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7836236
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0465443
Fecha de desposito regular: 26/01/2024
Tipo de signo distintivo: W
Denominación: Ecoclean by Nalanda
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 03-PRODUCTOS COSMETICOS Y PREPARACIONES DE TOCADOR NO MEDICINALES; DENTIFRICOS NO MEDICINALES; PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES; PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR Y RASPAR
La información sobre el nombre comercial Ecoclean by Nalanda que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.