Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de abril del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo DE CINE.
Expediente: N-0472051
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8441873
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0472051
Fecha de resolución: 25/03/2025
Clases: 29, 33
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta deambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que se compone de una expresión laudatoria de uso común descriptiva de la calidad de los productos reivindicados, sin que se hayan adicionado otros elementos denominativos o figurativos que pudieran dotar al conjunto de un mínimo de distintividad para acceder al registro. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas. De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie,la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de una expresión laudatoria de uso común que el consumidor interpretará como una simple referencia a que la calidad de los productos solicitados es excelente