Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de abril del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CORDOBESA DE CARPAS, bajo la titularidad de CORDOBESA DE CARPAS SL.
Expediente: N-0465851
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7862572
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0465851
Fecha de resolución: 08/04/2024
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios imprecisos y definidos y/o clasif icados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Regl amento). En concreto, en la clase 37:- "Servicios de instalación y reparación", es impreciso. D ebe concretar qué es lo que instala y repara, sin ampliar el listado de productos y servicios inicia lmente solicitado.- "Venta de carpas y estructuras metálicas desmontables", no está correctamente definido y clasificado, dado que los servicios de venta pertenecen a la clase 35. Debe indicar asimi smo, si se trata de servicios de venta al por mayor, al por menor o ambas.- "Fabricación de carpas y estructuras metálicas desmontables", no está correctamente definido y clasificado. Los servicios de fabricación pertenecen a la clase 40, debiendo especificar si se trata de servicios de fabricació n por encargo, a medida o por cuenta de terceros.- "Alquiler de carpas y estructuras metálicas des montables", está incorrectamente clasificado, dado que pertenece a la clase 43. Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrón icamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respect o a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Apórtese un nuevo l istado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista d e productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSi no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los product os y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento)