Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de abril del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo CACYL Corte de Arbitraje de Castilla y León.
Expediente: M-4272401
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas. Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público aerror, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio u otros aspectos relacionados con el signo que se solicita, como su titularidad o la existencia de un posible respaldo público.En concreto, el signo solicitado incluye "CACyL", acrónimo del Consejo de la Abogacía de Castilla y León, que inducirá al consumidor a pensar erróneamente que el titularde la marca es una corporación de derecho público, cuando en realidad se trata de una fundación privada
Identificado de publicación: 8462049
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4272401
Fecha de resolución: 02/04/2025
Clases: 35, 45