Información sobre el nombre comercial BIOMANJARIUM, registro solicitado por la empresa MANJARES SABROSOS SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0401891.
N-0401891
![]() | Expediente OEPM N-0401891 Tipo Figurativa Fecha solicitud 06/03/2019 Estado Denegada |
Se trata de un logo que consta de dos partes. Por un lado, la palabra biomanjarium, que significa del latin, biomanjares con fondo verde y las dos letras "i" latinas con dos puntos cada una que tienen forma de petalos en marron con dos tonalidades, marron claro y marron normal. Por otro lado, una bola de petalos con colores ecologicos como son el verde, marron oscuro, marron normal y marron claro.
CALLE ATAHUALPA Nº2, 2ºA10005 CÁCERES (CÁCERES)(ES) ESPAÑA
Fecha | Tramitación |
---|---|
2019-03-12 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2019-03-18 | Publicacion de solicitud. |
2019-08-07 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 01/08/2019 causas del suspenso de fondo: 346. |
2019-09-03 | Contestacion al suspenso publicado el: 07/08/2019. |
2019-10-09 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 03/10/2019 causas del suspenso de fondo: 345. |
2019-11-07 | Contestacion al suspenso publicado el: 09/10/2019. |
2019-11-27 | Public. Denegacion de f.Resol. 21/11/2019. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial BIOMANJARIUM
Expediente: N-0401891
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 5308000
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0401891
Fecha de resolución: 21/11/2019
Clases denegadas: 01, 05, 29, 30, 31, 32
Fecha publicación de la solicitud: 18/03/2019
Expediente: N-0401891
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 5225082
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0401891
Fecha de resolución: 03/10/2019
Clases: 01, 05, 29, 30, 31, 32
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todos los productos solicitados en todas las clases, en las prohibiciones de los artículos 5.1.f) y g) de la Ley 17/2001, de 7 de Diciembre, de Marcas, al poder inducir al público a error sobre la naturaleza o calidad de los productos que solicita y ser contrario a la normativa comunitaria, toda vez que artículo 23 del Reglamento de la Unión Europea CE 834/2007 reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" y "bio" para identificar la producción ecológica. Enconsecuencia, se podrá subsanar el defecto mencionado presentando nuevo listado completo de actividades limitando los productos en el sentido de concretar, para cada uno de ellos, que se trata de productos obtenidos por métodos de producción ecológica. Si no lo fuesen, deberán eliminarse de la solicitud.Respecto a los "suplementos alimenticios antibióticos para animales", solicitados en la clase 5, salvo que se trate de suplementos para mascotas, deberá indicarse que son aptos para su uso en la producción ganadera ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.1.e) del Reglamento CE 834/2007. Si no lo fuesen, deberán eliminarse de la solicitud.En el caso de los "Suplementos de proteínas para animales" y los "Suplementos dietéticos para animales", solicitados en la clase 5,salvo que se trate de suplementos para mascotas, deberá indicarse que son aptos para su uso en la producción ganadera ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.1.d)iv) y 14.1.d)v), de conformidad con el art. 16 del Reglamento CE 834/2007. Si no lo fuesen, deberán eliminarse de la solicitud.SE PUNTUALIZA EN REFERENCIA A LA CONTESTACIÓN DADA AL PRIMER SUSPENSO DE FONDO QUE NO ES SUFICIENTE CON ACLARAR EN UN ESCRITO DE ALEGACIONES QUE LOS PRODUCTOS CUMPLEN CON LA NORMATIVA EUROPEA DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA, SINO QUE DEBE PRESENTAR UN NUEVO LISTADO COMPLETO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS EN EL QUE SE INDIQUE, PARA CADA PRODUCTO SOLICITADO, QUE HA SIDO OBTENIDO POR MÉTODOS DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA, O QUE ES APTO PARA SU USO EN LA PRODUCCIÓN GANADERA, SEGÚN EL CASO
Expediente: N-0401891
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 5136744
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0401891
Fecha de resolución: 01/08/2019
Clases: 01, 05, 29, 30, 31, 32
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todos los productos solicitados en todas las clases, en las prohibiciones de los artículos 5.1.f) y g) de la Ley 17/2001, de 7 de Diciembre, de Marcas, al poder inducir al público a error sobre la naturaleza o calidad de los productos que solicita y ser contrario a la normativa comunitaria, toda vez que artículo 23 del Reglamento de la Unión Europea CE 834/2007 reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" y "bio" para identificar la producción ecológica. Enconsecuencia, se podrá subsanar el defecto mencionado presentando nuevo listado completo de actividades limitando los productos en el sentido de concretar, para cada uno de ellos, que se trata de productos obtenidos por métodos de producción ecológica. Si no lo fuesen, deberán eliminarse de la solicitud.Respecto a los "suplementos alimenticios antibióticos para animales", solicitados en la clase 5, salvo que se trate de suplementos para mascotas, deberá indicarse que son aptos para su uso en la producción ganadera ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.1.e) del Reglamento CE 834/2007. Si no lo fuesen, deberán eliminarse de la solicitud.En el caso de los "Suplementos de proteínas para animales" y los "Suplementos dietéticos para animales", solicitados en la clase 5,salvo que se trate de suplementos para mascotas, deberá indicarse que son aptos para su uso en la producción ganadera ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.1.d)iv) y 14.1.d)v), de conformidad con el art. 16 del Reglamento CE 834/2007. Si no lo fuesen, deberán eliminarse de la solicitud
La información sobre el nombre comercial BIOMANJARIUM que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.