Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de abril del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo B de Bueno, B de Brutal, B de Burguer.
Expediente: M-4304050
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8466707
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4304050
Fecha de resolución: 03/04/2025
Irregularidades: 1.- Las comunidades de bienes carecen de personalidad jurídica por lo que no están legitimadas para obtener el registro de una marca (art.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Deberá con testar a este suspenso indicando como solicitantes a los todos integrantes de dicha comunidad de bie nes.2.- La representación aportada incluye elementos que son susceptibles de varios registros sepa rados. De conformidad con lo establecido en los artículos 13.1 y 16.1.a de la Ley 17/2001, de 7 de d iciembre, de Marcas, así como lo previsto en los artículos 8.1 y 11.1 del Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciem bre, de Marcas, deberá especificar de forma clara y precisa el distintivo que desea solicitar. Apórt ese una representación de la marca que consista en un único elemento o un único concepto gráfico y cumplimentando la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanumé ricos que aparecen en el distintivo.3.- La lista de productos y servicios contiene productos y/o s ervicios incorrectamente definidos y/o clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 d e su Reglamento). En concreto:"Comercialización/venta de hamburguesas, tipo smash" puede quedar de finido como "Venta al por menor y/o al por mayor de hamburguesas tipo smash" y pertenece a la clase 35Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamentePuede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se rea lizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la sol icitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa