Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de abril del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Zaindu Psicología.
Expediente: M-4230572
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 7866295
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4230572
Fecha de resolución: 10/04/2024
Clases: 44
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que la denominación de la marca ZAINDU PSICOLOGÍA (zaindú se traduce como "cuidarse" en euskera), está compuesta por signos e indicaciones de uso común, carentes de distintividad (genéricos) dentro del mercado de servicios parael que se solicita la marca, sin ningún otro elemento, forma o denominación que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial y distinguirlo dentro del mercado respecto de otras empresas. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar los servicios que solicita; toda vez que la denominación de la marca ZAINDU PSICOLOGÍA (zaindú se traduce como "cuidarse" en euskera) describiendo los "servicios de psicología individuales o en grupo" en la clase 44